Consejería

Conducta del consejero adleriano en el proceso de ayuda:

Establecimiento de la relación

  • Actúa como un igual ante el cliente.
  • Respeta y considera lo expuesto por el cliente.
  • Define los roles de cada uno y establece un contrato oral o escrito con el cliente acerca de cómo espera que sea el proceso de ayuda.

Evaluación

  • Recopila información acerca del estilo de vida del cliente (lo que caracteriza su forma de ser para satisfacer sus necesidades de pertenencia y valía y cómo influye a otros).

               * orden de nacimiento

               * constelación familiar

               * expectativas de los padres

               * relaciones entre los padres

               * estilo de crianza

               * memorias tempranas

               * eventos precipitantes

               * pasatiempos y ocio

               * tareas de vida

                             * Procura encontrar un patrón de conducta que ayuda a

                               determinar la interpretación que el cliente ofrece de sí 

                               mismo, el mundo, las personas que le rodean y la relación

                               entre esta interpretación con las decisiones que escoge

                               para actuar de cierta manera.

Interpretación

  • Confronta al cliente con los posibles motivos de su conducta.
  • Ayuda al cliente a entender que su conducta hace sentido en términos de sus percepciones sobre la vida y que éstas son de cierta manera, porque le sirven para algún propósito.
  • Hace que el cliente entienda que no es víctima de las circunstancias y que tiene la capacidad de tomar decisiones de acuerdo con las posibilidades que tiene.

Reorientación

  • Identifica las maneras en que el cliente puede ir moviéndose hacia un estilo de vida más saludable con el que satisfaga sus necesidades de pertenencia y valía, pero basado en conductas con interés social.

8 Respuestas a Consejería

  1. LO QUE ME GUSTARIA SABER ES EN QUE NUMERO DE SESIONES RADICA LA CONSEJERIA ADLERIANA. O EN CUANTAS SESIONES DURA EL PROCESO DE CONSEJERIA. ME GUSTARIA QUE ME CONTESTARAN …. GRACIAS.

    • Ileana Caraballo Cruz dice:

      Saludos Sindy:

      Con respecto a su pregunta, pues recuerdo que en una ocasión le pregunté a mi profesora Isaura Alvarado Cartagena sobre este particular. Ella me dijo que las sesiones con el cliente no deberían pasar de cinco, pues se debe evitar que el cliente se haga dependiente del consejero o terapeuta. Sin embargo, la idea no es encajonar el proceso de terapia literalmente en cinco sesiones, sino que las sesiones que se realicen incluyan las cuatro fases (establecimiento de la relación, evaluación del estilo de vida, interpretación del estilo de vida y reorientación).

      También le informo que las intervenciones adlerianas no tienen que seguir un procedimiento estándar, pues el propósito es hacer aplicaciones creativas de los principios básicos de Adler en el menor tiempo posible. La sugerencia de cinco sesiones sólo podría ser como el tiempo promedio. Puede que antes de cinco sesiones, la persona haya recibido lo que necesitaba para entenderse a sí misma o por lo menos establecer las bases para que comience un proceso de auto análisis y siga con su vida.

      En el siguiente enlace http://www.cop.es/colegiados/GR00724/adler/ADLER-7.html hay muchos artículos acerca de la teoría adleriana. Algunos de éstos han sido traducidos al español por el psicólogo adleriano Juan José Ruiz Sánchez. El artículo #17 presenta una entrevista muy interesante que le hicieron al psicólogo adleriano H. Stein. Él explica cómo trabaja un terapeuta adleriano. No presenta como tal el número de sesiones, pero confirma la idea de que las intervenciones adlerianas no tienen ningún procedimiento estándar.

      En fin, lo importante de la terapia adleriana es, como le dije, cubrir las cuatro fases en el menor tiempo posible para que el cliente no se haga dependiente del profesional de ayuda, sino que por sí mismo sea capaz de continuar con su vida.

      Gracias por su visita y participación en esta página. Le deseo mucho éxito en lo que emprenda con las ideas adlerianas.

  2. Jennifer dice:

    Saludos

    Deseo obtener una explicación de las técnicas utilizadas por Adler.

    Gracias

    • Ileana Caraballo Cruz dice:

      Saludos Jennifer

      Gracias por su solicitud. Hace tiempo que estaba por incluir esta información en la bitácora, pero aún no había sacado el tiempo para hacerlo. Aprovecho su interés para incluirla. Si hace un “click” en el espacio titulado “Técnicas adlerianas” que aparece en la parte superior de esta página, podrá obtener la información. Espero que le sea de gran utilidad. Cualquier duda, me deja saber.

  3. Ramon dice:

    Me gustaria obtener informacion de si existe alguna ley en el gobierno de Puerto Rico que establezca el procedimiento que utiliza un consejero que se encuentra con la situacion de una menor embarazada en la cual los padres no saben de su estado. Deberian aconsejar a la joven a que les diga a sus padres o deberia intervenir e informar a los padres?

    Gracias

    • Ileana Caraballo Cruz dice:

      Ramón
      Saludos cordiales
      Mis disculpas por las consecuencias que experimentó al tardarme en responderle. Sin embargo, como la situación que me presentó es un dilema, pues consideré varios recursos y realicé diferentes consultas antes de ofrecerle una contestación. Espero que la información que le presento le ayude a tener una idea de cómo resolver éstas u otras situaciones de este tipo.
      De acuerdo con Herlihy y Corey (2006) en su libro “ACA: Ethical Standards Casebook” no existe un procedimiento exacto para resolver los dilemas que experimenta un consejero o una consejera profesional durante los servicios que ofrece. Por lo tanto, estos autores sugieren 10 pasos a considerar en el proceso de toma de decisiones éticas.
      Identifique el problema – Es necesario obtener toda la información necesaria sobre el dilema y después preguntarse si el mismo es un problema de naturaleza ética, legal, profesional o clínica. Con la información que ofreció, su dilema aparenta ser uno ético y legal. Por lo tanto, hay que atenderlo desde esas dos perspectivas. En ocasiones, lo ético y lo legal se encuentran soslayados. Por eso, es bueno entender qué representa la ética y qué representa lo legal. La ética representa los estándares ideales de comportamiento que se esperan de un grupo de profesionales, mientras que lo legal representa los estándares mínimos de conducta que la sociedad tolerará (Remley y Herlihy, 2005 citado en Herlihy y Corey, 2006). Tanto lo ético como lo legal servirán de referencia para una práctica de consejería aceptable.

      Examine los Códigos de Ética y la literatura profesional – Se deben consultar los códigos de ética para ver si el asunto que le inquieta está considerado en el mismo. En Puerto Rico, el comportamiento del consejero y la consejera profesional está regido por el Código de Ética de la American Counseling Association (2005), el Código de Ética de la Asociación Puertorriqueña de Consejería Profesional (2009) y el Código de Ética de la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales. En cuanto al servicio ofrecido a menores de edad, estos códigos sugieren lo siguiente: En la Sección B.3 del Código de Ética de la Asociación Puertorriqueña de Consejería Profesional (2009), se establece que “cuando presten servicios a menores de edad o a personas que no estén capacitadas para dar consentimiento, los socios deben esforzarse para garantizar los intereses de éstos”. En la Sección B.1.c del Código de Ética de la American Counseling Association (2005) se indica que “los consejeros no compartirán información confidencial sin el consentimiento del cliente o sin una justificación legal o ética”. En cuanto a las excepciones a mantener la confidencialidad, la Sección B.2.a del mismo Código explica que “la regla general para que los consejeros mantengan la información confidencial no aplica cuando la revelación es requerida para proteger al cliente o a otros de serios daños o cuando los requerimientos legales exijan que la información confidencial sea revelada. Los consejeros consultarán con otros profesionales cuando tengan dudas de la validez de una excepción…” La Sección A.1.d indica que el consejero podría “considerar el involucramiento de las redes de apoyo sociales del cliente (por ejemplo, líderes religiosos o comunitarios, miembros de la familia o amigos), siempre y cuando el cliente lo consienta”. Por último, la Sección B.5.b. establece que “los consejeros respetan los derechos inherentes y las responsabilidades de los padres o tutores sobre el bienestar de sus hijos, de acuerdo con la Ley. Los consejeros trabajan para establecer una relación apropiada y colaborativa con los padres o tutores para el mejor servicio del cliente”. (American Counseling Association, 2005).

      Considere los principios morales que estableció Kitchener (1984)- Básicamente, los códigos que rigen la conducta de los consejeros y las consejeras profesionales mantienen una armonía en su contenido, pues están fundamentados en los cinco principios morales que plantea Kitchener (1984). Éstos son: (1) autonomía, (2) beneficencia, (3) no maleficencia, (4) justicia y (5) fidelidad. La autonomía se relaciona con promover la independencia, reconocer el derecho de toda persona a tomar decisiones y respetar la libertad y dignidad del cliente. La beneficencia se refiere al compromiso del consejero profesional de promover el bienestar del cliente, y prevenir, como sea posible, lo que pueda causarle daño. La no maleficencia implica no llevar a cabo, en forma intencional, acciones que puedan causar daño o poner en riesgo a otros. La justicia se refiere a la equidad en el trato con los clientes. Implica igual acceso a tratamiento y equivalencia en los servicios. La fidelidad se relaciona con la lealtad y la honestidad en la relación de ayuda, de manera que el cliente pueda confiar en que se beneficiará de la misma. De acuerdo con Alvarado y Acevedo (2004), tener en cuenta estos principios será de gran utilidad al momento de tomar decisiones éticas, pues el Código de Ética no será una guía exacta para todas las circunstancias o situaciones que se le presenten al consejero. Cada caso, es un asunto particular. Por eso, es provechoso analizar cuáles principios asumen una prioridad en su situación.

      Consulte con colegas, supervisores o expertos – Será útil consultar con colegas o supervisores, sin revelar la identidad del cliente, si en el área donde usted trabaja existe un protocolo a seguir para informar a los padres sobre el embarazo de la estudiante. De igual manera, podría consultar con un consejero con más experiencia en el área y en quien usted confíe sobre las limitaciones de la confidencialidad en un caso como éste. También, puede consultar con el director o directora de la institución educativa (si es que este caso se presentó en una de estas instituciones) para que le oriente sobre cómo obtener información de un abogado de su jurisdicción sobre sus obligaciones legales al ofrecer consejería a una estudiante embarazada. Al obtener información de un abogado, su curso de acción podría estar influenciada por esta información legal. Por ejemplo, tan pronto usted me presentó esta situación, yo pensé en el Artículo 22 de la Ley 177, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez”. En este artículo se indica que los profesionales o funcionarios públicos, entidades públicas, privadas estarán obligados a informar inmediatamente a la Línea de Maltrato del Departamento de la Familia y a la Policía aquellos casos donde exista o se sospeche una situación de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional hacia un menor. También consideré lo que establece el Artículo 142 del Capítulo IV del Código Penal de Puerto Rico sobre lo que se define como una agresión sexual. Se explica que “…toda persona que lleve a cabo una penetración sexual, sea vaginal, anal, orogenital, digital o instrumental, en cualquiera de las circunstancias que se exponen a continuación incurrirá en delito grave de segundo grado: (a) Si la víctima al momento del hecho no ha cumplido dieciséis (16) años…”. Luego, busqué información de un personal del Departamento de la Familia, una terapeuta en abuso sexual infantil y dos abogadas, pero no le informo sobre sus sugerencias porque noté que entre ellas mismas hubo discrepancias al contestarme. Quizás esto se debió a que ni yo misma tenía los elementos específicos del caso que usted me presentó y que son muy importantes al momento de tomar una decisión. Por eso, promuevo el que cada consejero haga sus propias consultas directamente con el personal competente y las documente en caso de que la decisión que tomen les sea refutada en una corte. De acuerdo con Herlihy y Corey (2006), realizar procesos de consulta es importante en los casos presentados en una corte, pues demuestra el intento del profesional de ajustarse a los estándares de la comunidad, explorando qué harían otros colegas de la comunidad en la misma situación.

      Esté consciente de sus emociones – Se recomienda considerar las emociones que se están experimentando al momento de contemplar la situación preocupante. Se debe verificar si estamos siendo influenciados por sentimientos como el temor, la duda, la frustración, la desilusión o por un poderoso sentido de responsabilidad. Monitorear las emociones le ayudará a evaluar si está viendo la situación objetivamente.

      Involucre a su cliente en el proceso de la toma de decisiones – A veces olvidamos que el cliente es una parte activa en el proceso de ayuda y que a éste, en la medida que sea posible, se le debe involucrar en las decisiones y no tomar decisiones por él o ella, sino con él o ella. Al hacer esto, se alienta al cliente. Si a usted se le requiere legalmente informarle a los padres sobre el embarazo, se supone que antes de hacerlo se lo informe a la cliente. Si no se le requiere hacerlo, su tarea será ayudarle a considerar las opciones que tiene y sus consecuencias. No debe aconsejarle a tomar cierta decisión. Mayormente se piensa que los consejeros profesionales estamos para aconsejar a las personas sobre lo que deben hacer con sus vidas, pero nuestra función principal es promover un proceso de ayuda donde se le ofrezca a las personas información útil que les ayude a tomar decisiones por sí mismos, contemplando las ventajas y desventajas de cada acción y entendiendo que ellos son los responsables de sus actos. Como usted indicó en su pregunta, también se podría alentar a la cliente a informarle a sus padres en el momento en que esté preparada. Incluso, podría sugerirle invitar a los padres a una sesión de consejería para informarle sobre la situación, en caso de que ella no se atreva hacerlo.

      Identifique resultados deseados y genere cursos potenciales de acción – Realice una tormenta de ideas de los posibles cursos de acción. Si se le facilita, haga una lista de las posibilidades que se le ocurran a sus colegas y que usted no las haya considerado.

      Considere las potenciales consecuencias de todas las opciones y determine un curso de acción- Considere la información recopilada y las prioridades que estableció. Evalúe cada opción y verifique las posibles consecuencias. Considere las implicaciones de las consecuencias tanto para el cliente, para otros y para usted como profesional. Elimine las opciones que generarían más problemas.

      Evalúe el curso de acción seleccionado –Revise el curso de acción que eligió y evalúe si el mismo no produce un nuevo asunto ético. Si ocurre un nuevo asunto ético, vuelva a comenzar y revise cada paso del proceso.

      Implemente el curso de acción – Después de realizar la acción escogida, se sugiere darle seguimiento a la situación para verificar si la decisión tuvo el efecto y las consecuencias anticipadas.

      Bueno Ramón, espero que esto le haya servido de alguna ayuda (aunque le haya llegado tarde) y que el 2012 sea un año lleno de sabiduría para tomar decisiones alentadoras.

      Referencias:
      Alvarado, I. y Acevedo, H. (2004). Desarrollo y consejería ocupacional. San Juan.
      American Counseling Association (2005). ACA code of ethics. Alexandria, VA: Autor.
      Asociación Puertorriqueña de Consejería Profesional (2009). Código de Ética. Bayamón: Autor
      Herlihy, Barbara y Gerald Corey (2006). ACA ethical standards casebook (6a ed.). Alexandria, VA. American Counseling Association.
      Kitchener, K.S. (1984) Intuition, critical evaluation and ethical principles: The foundation for ethical decisions in counseling psychology. Counseling Psychologist, 12 (3), 43-55.

  4. Maria dice:

    Me gustaria saber que se puede hacer con un estudiante que esta bajando su aprovechamiento academico a causa de problemas de comunicacion con su padre.

    • Ileana Caraballo Cruz dice:

      Saludos, María

      Según Rudolph Dreikurs (1990), discípulo de Alfred Adler, no existe una solución exacta para las situaciones con los niños/as, pues requiere un cuidadoso estudio y pensamiento por parte de las personas que los atienden. No obstante, Dreikurs también indicó que “si deseamos ayudar a un niño/a a cambiar su dirección, debemos entender qué le hace moverse”. En otras palabras, debemos comprender lo que el niño está buscando con su conducta. Aunque usted plantea que el niño ha comenzado a bajar su aprovechamiento a causa de problemas de comunicación con su padre, es importante preguntarse ¿qué busca el niño al bajar sus notas?. Si no existieran factores físico-orgánicos que estén afectando el aprovechamiento del niño o factores relacionados con el proceso de enseñanza y aprendizaje en la escuela, bajar las notas podría servir para varios propósitos.

      Uno de estos propósitos podría ser que el niño desea conectarse con su padre y atraer su atención, si es que al tener buenas notas no la consigue. De igual manera, con el bajo aprovechamiento, podría estar demostrando que no es capaz de alcanzar las altas expectativas que el padre, madre o encargado le ha impuesto. Por otro lado, el niño también podría estar vengándose del padre. O sea, si el niño percibe e interpreta que al padre le causa dolor el hecho de tener un hijo con bajo aprovechamiento, él procurará hacer esto como forma para desquitarse del dolor que siente por la falta de comunicación de su padre.

      Claro, ante todo lo que le menciono, es importante señalar que el niño no está consciente plenamente del porqué está haciendo lo que hace. Por eso, a los adultos nos corresponde comprender qué busca el niño, pues toda conducta tiene un propósito, según Alfred Adler. El propósito básico de la conducta del ser humano siempre será la de satisfacer las necesidades de pertenencia y valía. Ahora, el propósito inmediato que tiene el niño que mencionó para satisfacer esas necesidades de pertenencia y valía es obteniendo bajo aprovechamiento. Aunque parezca extraño o ilógico, de una forma u otra el niño interpretó que con su bajo aprovechamiento podría sentir que pertenece y es valioso, ya sea en su familia o en la escuela. Hay niños/as que si comportándose apropiadamente, como por ejemplo sacando buenas notas, no logran la atención de otros adultos significativos para él/ella, entonces procurarán bajar las notas para atraer la atención. Al fin y al cabo, la lógica inconsciente de ese niño le indica que es mejor ser reprendido por malas notas, que ser ignorado por tener buenas notas. En fin, hay muchas razones por las cuales un niño realiza una conducta para sentir que pertenece y vale.

      Ante todas estas posibles razones, y entendiendo que la raíz del problema es que el menor no siente que pertenece y vale y por lo tanto está desalentado, lo que éste necesita es ser alentado. Por lo tanto, habría que pensar de qué manera las personas a su alrededor pueden aportar para alentarle. De esta forma se desarrolla saludablemente su sentido de pertenencia y valía. Según Dreikurs, alentar implica dos cosas: (1) Evitar desalentar, ya sea por humillación o sobreprotección y (2) conocer cómo alentar. Por ejemplo, si cuando el niño llega a casa con “malas notas” se le dice: “No sé qué está pasando contigo. Tan buen estudiante que eras y mira cómo has bajado las notas. Tu hermano/a en cambio las ha mantenido”. Este tipo de comentarios humillaría al niño, pues se enfoca en el fracaso de éste y peor aún, se le compara con otra persona. Si por el contrario, el niño escucha en su familia o en la escuela lo siguiente: “Está bajando las notas porque su papá no se comunica con él. Si tan siquiera su padre sacara tiempo para él, quizás mejoraría”. Este otro comentario podría irónicamente ofrecer sobreprotección al niño, porque se le excusa de hacer lo que debe hacer en la escuela, pues su padre no lo busca. Por lo tanto, ante este panorama, una manera de alentar o promover la valentía, el autorespeto y la autoconfianza en el niño es que cada vez que llegue al hogar con las “malas notas”, el encargado debe enfocarse en sus fortalezas. Por ejemplo, Dreikurs en su libro “Children: The Challenge” presentó un caso de una niña de 8 años que obtuvo 3 “D” y 2 “C”. Según Dreikurs, la manera en que la madre podría alentar a su hija era diciéndole lo siguiente: “Estoy contenta de ver que disfrutas la lectura (Esto haciendo alusión a la “C” que obtuvo en la clase de Español). Luego, cuando la niña se comparó a sí misma con su hermana que sacó todas “A”, la mamá le indicó lo siguiente: “No es tan importante el que obtengas las mismas notas que tu hermana. Tú también llegarás al punto de disfrutar el aprendizaje, y encontrarás cuán capaz eres de lo que hasta el momento piensas”. Estos comentarios son alentadores por tres razones: (1) Se enfocan en las fortalezas del menor, (2) Se ofrece énfasis al aprendizaje y no a las notas obtenidas y (3) se promueve la autoconfianza en el menor, comunicándole la fe que se tiene en él/ella para mejorar.

      Si por casualidad, y como le indiqué anteriormente, el niño está obteniendo malas notas como medio para vengarse por el rechazo de su padre, entonces una forma alentadora de intervenir es ayudándole a reconocer e identificar el sentimiento de dolor que tiene contra su padre. La manera de procesar este dolor podría ser dibujando o escribiendo una nota que luego de ser discutida, según el nivel del menor, se puede destruir. Por otro lado, se puede ayudar al niño indicándole cómo las personas nos beneficiamos cuando perdonamos a los que nos ofenden. Hablar con el padre sobre lo que su hijo probablemente le está queriendo decir con su conducta, sería otra forma de alentarle, pues se educaría al padre para que aprenda cómo su conducta influye en su hijo.

      En fin, a veces creemos que un niño/a debe tener al padre ideal o a la madre ideal para que crezca alentado. No obstante, si bien es cierto que papá y mamá son seres muy significativos para el desarrollo saludable de un niño/a, también es cierto que si una persona, cercana a ese niño/a logra alentarle, éste estará promoviendo parte del aliento que el niño/a está buscando. De acuerdo con Isaura Alvarado (2006) “en la vida de un niño, de una niña, de un adolescente, es mejor que una persona lo haga bien, antes que dos lo hagan mal”. Si usted es lo único que ese niño tiene para recibir aliento, haga lo mejor que pueda, ya sea como madre, abuela, tía, maestra, líder de iglesia o comunidad. En unas investigaciones de Lerner y Galambos (1998) se encontró que los programas comunitarios exitosos eran aquellos que procuraban lo siguiente: (1) ocupaban al menor lo más temprano posible en la adolescencia en una actividad constructiva, (2) involucraban al menos un adulto de una forma significativa en su vida, (3) integraban a los padres y pares, (4) se localizaban en las escuelas y (5) lidiaban con las variadas necesidades de los menores. Por lo tanto, de usted ubicarse en uno de esos roles (supongo como maestra) procure hacer lo mejor que pueda, pues nunca será en vano realizar el ministerio de alentar.

      Referencias:
      Alvarado, I. (2006). Introducción a las ideas dela Psicología Individual de Alfred Adler.[Folleto]. San Juan.

      Dreikurs, R. (1990). Children: The challenge. New York: Plume Book.

      Lerner, R.M. & Galambos, N. L. (1998). Adolescent development: Challenges and opportunities for research, programas, and policies. Annual Review of Psychology, 49, 413-446.

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